
02 Sep Invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez: diferencias y cómo solicitarla
Guía jurídica para entender los grados de invalidez y su solicitud
La Seguridad Social contempla distintos grados de incapacidad permanente que otorgan derecho a prestaciones económicas y protecciones jurídicas específicas. Es fundamental conocer las diferencias entre invalidez permanente total, absoluta y gran invalidez, ya que cada una implica efectos distintos tanto para la persona trabajadora como para la empresa. Desde el punto de vista jurídico, contar con asesoramiento especializado de Abogados Tenerife resulta clave para garantizar la correcta tramitación y defensa de derechos.
Invalidez permanente total
La invalidez permanente total se reconoce cuando la persona trabajadora queda incapacitada para desempeñar su profesión habitual, pero conserva la capacidad para realizar otras actividades laborales. La prestación económica suele consistir en una pensión equivalente al 55% de la base reguladora, que puede incrementarse en determinados supuestos (por ejemplo, mayores de 55 años con dificultades de reinserción laboral).
Invalidez permanente absoluta
Este grado se concede cuando el afectado no puede realizar ningún tipo de trabajo, ya que la limitación física o psíquica impide la actividad profesional de manera completa. En estos casos, la pensión reconocida asciende al 100% de la base reguladora. La invalidez absoluta tiene mayores implicaciones jurídicas, dado que garantiza una cobertura económica plena frente a la imposibilidad de reincorporarse al mercado laboral.
Gran invalidez
La gran invalidez se refiere a los supuestos en los que, además de no poder trabajar, la persona necesita la asistencia de otra para realizar actos esenciales de la vida diaria (como asearse, vestirse o alimentarse). La prestación económica incluye el 100% de la base reguladora más un complemento destinado a sufragar la ayuda de tercera persona. Este complemento no tiene un límite máximo y depende de la necesidad real acreditada.
Procedimiento de solicitud
La tramitación de cualquiera de estos grados de invalidez se inicia mediante solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es indispensable acompañar informes médicos actualizados, historial clínico y, en algunos casos, peritajes que acrediten la limitación laboral. Tras ello, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) emite un dictamen vinculante para la resolución administrativa.
En caso de denegación, el afectado puede presentar reclamación previa y, posteriormente, recurso judicial ante la jurisdicción social. En este punto, la intervención de profesionales jurídicos especializados en derecho laboral y de la Seguridad Social, como los de Abogados Tenerife, resulta esencial para garantizar la mejor defensa posible.
Conclusión
Conocer las diferencias entre los grados de invalidez permanente es fundamental para ejercer adecuadamente los derechos reconocidos por la normativa. La invalidez permanente total, absoluta o la gran invalidez generan efectos económicos y jurídicos distintos, siendo necesario un correcto enfoque en la solicitud y en los recursos. En caso de dudas o conflictos con la Administración, contar con el respaldo de Abogados Tenerife proporciona la seguridad de una defensa especializada y adaptada a cada situación.